domingo, 13 de diciembre de 2020

MIGUEL VANEGAS y una información necesaria

 MIGUEL VANEGAS 
y una información necesaria

INFORMACIÓN NECESARIA

Saúl Saucedo, candidato a presidente
del Comité Olímpico de Panamá
Considero mi deber, Ante las informaciones aparecidas en los medios de comunicación del país y por ello, la verdadera avalancha de llamadas y chats recibidos en razón de la Asamblea General Electiva del Comité  Olímpico de Panamá (COP), realizada ayer sábado 12 de Diciembre y para evitar confusiones innecesarias y por respeto a la opinión pública, expresar lo señalado por la Comisión  Electoral Independiente escogida por el Comité  Olímpico de Panamá en Asamblea General. 
1.- La Comisión Electoral declaró los resultados. 
Comisión Electoral
2.- En relación con los candidatos a los cargos de Presidente, Secretario General y Tesorero, tendrán que ir a una Segunda Ronda. 
Todo ello en base al artículo que transcribimos. 

“ Estatuto del Comité Olímpico de Panamá. 
CAPÍTULO VI: LA ASAMBLEA GENERAL
Procedimiento Electoral
artículo 17. 
Comisión Electoral
j. Si hay uno o dos candidato(s) para una misma posición, el candidato que obtenga 50% + 1 de los votos válidamente emitidos deberá ser declarado elegido.
k. Si hay más de dos candidatos y ningún de estos obtiene al menos 50% + 1 de los votos válidamente emitidos en la primera ronda, deberá llevarse a cabo una segunda ronda entre los dos candidatos que obtengan el mayor número de votos válidamente emitidos en la primera ronda. En la segunda ronda, el candidato que obtenga 50% +1 de los votos válidamente emitidos deberá ser declarado electo.
Damaris Young, candidata a 
presidente del Comité 
Olímpico de Panamá
l. La comisión electoral independiente deberá declarar los resultados de las elecciones y deberá lidiar con y decidir cualquier problema/objeción que pueda ser presentada por cualquier representante de lo miembros votantes antes de cerrar la Asamblea General Electiva.”

CRITERIO de la CEI: 
LOS VOTOS VÁLIDAMENTE EMITIDOS FUERON 74
El 50% + Uno de esos Votos es = 38. 
Prensa Nacional
La Comisión Electoral Independiente escuchó la Objeción presentada por el Delegado Pleno Luis Barria y la oposición de la Delegada designada Señorita Damaris Young. Igual escucho al delegado designado Saúl Saucedo. Luego se reunió, Leyó y releyó  lo establecido por el estatuto, después valoro objetivamente el significado del voto en blanco, como lo que es, una expresión de voluntad del votante y por tanto válidamente ejercido. Por lo tanto de inmediato nos pronunciamos: Reiteró 
1. Declaramos los resultados. 
Miguel Vanegas, miembro de la 
Comisión Electoral
2.- En cuanto los candidatos a los cargos ya mencionados, (Presidente, secretario General y Tesorero) deberán ir a una segunda ronda, pues no alcanzaron los 38 votos válidos necesarios. 
No rompo ninguna norma ética, pues la transmisión de esta Asamblea fue en vivo y todo está grabado y la asamblea se suspendió por lo cercano del toque de queda y deberá ser reanudada para celebrar la segunda ronda, que consagra el estatuto. 
Miguel R. Vanegas.

Panama, 13 de diciembre 2020.