El acoso escolar o “bullying”,
un delito sin sanción.
un delito sin sanción.
School harassment or bullying,
a crime without penalty.
a crime without penalty.
Manuel de Jesús Coronado Romero |
"Se presenta un análisis sobre el acoso escolar o “bullying” en el cual se trata de demostrar
que ese hecho social es un delito sin sanción en la Republica Dominicana. Se parte de la
definición de acoso escolar, sus características y diferencias con otros tipos de conductas.
Además, se presenta una clasificación general sobre el acoso escolar, así como las
principales consecuencias que deja el mismo en las victimas. Se realizó un análisis de la
ley penal y civil de la Republica Dominicana a fin de conocer la tipificación y tratamiento
dado en ese sistema legal a la figura del acoso en general y de manera específica las
sanciones que la ley establece para el menor acosador. En las conclusiones se deja saber
el vacío legal existente en el ordenamiento jurídico dominicano respecto del tratamiento
dado a los menores que incurren en el acoso a sus compañeros en la escuela".
El trabajo del profesor Coronado Romero, documentado en el idioma español y traducido al ingles, fue por su elevada importancia reseñado en el portal Fermentum, www.saber.ula.ve/fermentum , en su volumen 32, numero 93, editado por el Centro de Investigaciones Humanic de la Universidad de Los Andes (ULA) en Mérida, Venezuela.
Varias son citas sumamente interesantes en el escrito de referencia las que nos permitimos anexar por su gran valor donde se escudriñan las causas y efectos del acoso escolar o bullying, citamos:
La institución escolar es el lugar en cual interactúan los estudiantes entre sí y estos
con otros miembros de la comunidad escolar como directivos, personal, docente,
administrativo y obreros. En la interacción entre estudiantes se puede dar una
situación anómala, expresión de violencia, conocida como acoso escolar o
“bullying”
Asi mismo:
De manera particular se entiende que el acoso escolar es la relación existente entre
estudiantes de una misma escuela en donde uno (el acosador) abusa del otro (la
víctima) sea con palabras burlonas, o hirientes, amenazas psicológicas, tomando
por la fuerza sus objetos personales, acorralándolo en lugares de la escuela,
empujándolo o golpeándolo aprovechando la superioridad física o de actitud que
pudiere existir entre ellos.
Es pues que el documento en cuestión soporta todo lo relativo al acoso escolar bullying desde su orígenes, definición, características históricas, tipos, consecuencias, sanciones y un repaso de las leyes dominicanas sobre el tema propuesto.
El profesor Manuel de Jesús Coronado Romero, manueldejesus.coronado@uteco.edu.do , es abogado, contador publico autorizado (CPA), investigador, doctorado en Ciencias de la Educación, docente de la Universidad Tecnológica del Cibao Oriental (UTECO) y un exponente de las Artes Marciales en la Republica Dominicana preferentemente en Karate, Bokudo y Jiu Jitsu, entre otras.
A los fines de que puedan sustanciar este relevante trabajo les anexamos el link del mismo: Articulo Coronado -dic 2021art-Coronado.pdf
20 diciembre 2021
Correo electrónico: confederaciondominicanadejudo@gmail.com
Teléfono: 809 977 9491
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